BONO GASTRONÓMICO: Preguntas frecuentes para Empresas

1. ¿Podrá usarse el bono en mi establecimiento si no estoy adherido?

No.

2. ¿Tengo que dar de alta varios establecimientos en caso de tenerlos?

Sí.

3. ¿Qué requisitos tengo que cumplir para ser un establecimiento adherido?

  1. Los titulares de los establecimientos colaboradores tendrán la consideración de Personas físicas o jurídicas del municipio de Alicante, que desarrollan una actividad económica en el sector de la restauración, se encuentren de alta en la fecha de presentación de la solicitud. Se incluyen, autónomos, y aquellas personas físicas o jurídicas de acuerdo con las definiciones PYME contenidas en el Anexo I, art 2. del Reglamento de la U.E, número 651 de la Comisión de 17 de junio de 2014.
  2. El establecimiento donde se ejerce la actividad se localizará en el término municipal de Alicante.
  3. La actividad económica se ejercerá en establecimiento de restauración permanente con licencia de actividad o ambiental y se incluirá en alguno de los siguientes grupos, según la clasificación de la ley 14/2010 de 3 de diciembre de la Generalitat de Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos público, así como los grupos del Impuesto de Actividades Económicas (IAE):

Grupo J:

    • 2.8.2, 2.8.5 Restaurantes / IAE 671
    • 2,8,3 Cafés, Bares / IAE 673.2
    • 2,8,4 Cafeterías / IAE673.2

Grupo O:

    • 2.8.6 Salón Lounge/ IAE 671

* Todos los establecimientos de los grupos mencionados anteriormente deben de servir comidas Y bebidas para que el bono pueda ser justificado de manera correcta. No aceptándose aquellos establecimientos cuya actividad sea exclusiva de servicio de bebidas.

4. ¿Solo puedo participar en el programa de bonos telemáticamente?

Sí.

5. ¿Tengo que entrar en alguna web cuando el cliente venga pagar?

Sí, en https://bonoscovid.alicante.es/. Es el enlace que da acceso a los establecimientos para:

Antes del consumo, comprobar que el bono es válido para su uso. 
En el momento de emitir la factura, donde se debe asociar el CIF del establecimiento, el bono y el consumo.

Es indispensable el uso de la web para formar parte del programa. NO es una aplicación, es una página web a la que se puede acceder a través de cualquier dispositivo digital.

6. ¿Tengo que saber con anterioridad que la reserva será pagada con un bono?

Sí. Deben de comunicarlo los clientes a su llegada al restaurante. Se recomienda preguntar al cliente si hará uso del bono gastronómico.

7. ¿Tengo que justificar el pago de alguna manera o enviar la factura a alguna entidad?

Sí. Cada vez que se realiza un consumo, el Ayuntamiento emitirá un e-mail con la confirmación del consumo del bono utilizado.

Una vez finalizado el programa de bonos, el Ayuntamiento remitirá un listado resumen con los consumos y bonos asociados a cada establecimiento.

8. ¿Puedo aceptar bonos de diferentes personas para una misma cuenta – factura?

Sí. Los bonos son acumulativos sin tener un máximo establecido. Siempre teniendo que en cuenta que para el consumo del bono se debe efectuar un consumo del doble.

Ejemplo: Por cada 25 € se debe realizar un consumo de 50 € en el establecimiento de hostelería. Será condición indispensable para la aceptación del bono consumir 50 € por cada uno de ellos.

9. ¿Hay un mínimo para consumir?

Para la utilización del bono gastronómico Alicante City and Beach de 25 € se deberá efectuar un consumo del doble. Es decir, por cada 25 € se deberá realizar un consumo de 50 € en el establecimiento de hostelería.

10. ¿Cuántos bonos puedo utilizar a la vez?

Se pueden utilizar tantos bonos gastronómicos Alicante City and Beach como se disponga.

  • Ejemplo práctico 1: La cuenta total es de 100 €, ¿cuántos bonos puedo utilizar? Dos bonos.
  • Ejemplo práctico 2: La cuenta total es de 75 €, ¿cuántos bonos puedo utilizar? Un bono.
  • Ejemplo práctico 3: La cuenta total es de 199 €, ¿cuántos bonos puedo utilizar? Tres bonos.
  • Ejemplo práctico 4: La cuenta total es de 200 €, ¿cuántos bonos puedo utilizar? Cuatro bonos.

11. ¿Las personas que obtengan el bono tienen que presentar el DNI en el establecimiento?

No es obligatorio. De cualquier manera, todos los usuarios tienen su DNI asociado al bono y reciben un e-mail en el que expresamente se indica que el bono no es transferible.

12. ¿Debe llevar el cliente el bono impreso?

No es necesario. Puede llevarlo de manera digital.